Ayudas para financiación

64 bis

Ayudas a la deducción fiscal

Deducciones hasta 200.000 € en 3 períodos impositivos consecutivos

Beneficiarios
Empresas de I+D que generan deducciones fiscales que no pueden aplicar, bien porque de momento no generan beneficios y por tanto no pagan Impuesto sobre Sociedades, o porque generan más incentivos fiscales de los que pueden absorber.

Objetivo

La Diputación Foral de Álava ha realizado una modificación en la normativa foral (se publicó en el BOTHA del 13 de diciembre de 2019 y entró en vigor el 1 de enero de 2020) y se introduce un nuevo artículo, el 64 bis, relativo a la participación en proyectos de investigación y desarrollo o innovación tecnológica.

Los contribuyentes de este Impuesto o del Impuesto sobre la Renta de no Residentes que operen con mediación de establecimiento permanente, que participen en la financiación de proyectos, realizados por otras u otros contribuyentes de dichos Impuestos, de investigación, desarrollo o innovación tecnológica que cumplan los requisitos establecidos en los artículos 62 a 64 de esta Norma Foral para generar el derecho a las deducciones establecidas en los mismos, tendrán derecho a practicar una deducción de la cuota líquida en las condiciones y con los requisitos establecidos en este artículo que será incompatible, total o parcialmente, con las deducciones a las que tendrían derecho esas otras o esos otros contribuyentes por aplicación de lo dispuesto en los preceptos citados.

Beneficiarios

Pueden ser beneficiarias aquellas empresas de I+D que generan deducciones fiscales que no pueden aplicar, bien porque de momento no generan beneficios y por tanto no pagan Impuesto sobre Sociedades, o porque generan más incentivos fiscales de los que pueden absorber, y trata de ceder sus incentivos fiscales a empresas que no hacen I+D a las que les viene bien aplicar dichas deducciones para reducir el pago de sus impuestos, y conseguir a cambio financiación sin obligación de retorno alguno.

Normativa

https://www.araba.eus/botha/Boletines/2022/150/2022_150_03680_C.pdf (articulo 64 bis)

Más información

bicaraba@bicaraba.eus

945298282

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